Si estás pensando comprar una vivienda en Toledo te interesa tener en cuenta todos los gastos de tu nuevo hogar más allá del precio de la vivienda. El IBI es uno de ellos, pero ¿a quién y cuándo corresponde el pago del IBI tras la compraventa de una vivienda?
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo que obliga cada año a sus propietarios a pagar por el mero hecho de su posesión.
A la hora de determinar quién debe pagar el IBI tras la compraventa de un inmueble hay que recordar que, según establece la Administración, el responsable del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es la persona que sea propietaria oficial de la vivienda el día 1 de enero.
Por tanto, si se realiza la compra del inmueble con posterioridad a esta fecha, el Ayuntamiento no podrá exigirle el pago de dicho impuesto hasta el año siguiente.
Por el contrario, si eres el vendedor de la vivienda a día 1 de enero, deberás hacerte cargo del pago del IBI.
Es decir, si se vende un inmueble en el mes de febrero, el IBI a liquidar en ese ejercicio corresponderá al propietario que ha vendido, por ser el titular del derecho de propiedad a día uno de enero, debiendo el comprador, eso sí, hacerse cargo del IBI de los años posteriores.
Por último, y al tratarse de impuesto a nivel municipal, la cantidad a pagar dependerá del Ayuntamiento de cada provincia.